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LAS SAS: EL CAMINO ADECUADO PARA LA CREACIÓN DE PyMES

11 enero, 2021
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    por José Luis Ramón

    Cuatro años atrás se sancionó la Ley de Apoyo al Capital Emprendedor (Ley 27.349), aprobada de forma unánime por todo el arco político. Con ella se creó una batería de herramientas para apoyar a los emprendedores y pymes argentinos, sobre todo a nivel federal. Dentro de estas herramientas se destacó la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), una figura que buscó facilitar en todo el país la forma de iniciar un negocio, de manera acorde con las empresas del Siglo XXI -la otra forma que suelen elegir las pymes es la SRL, cuya primera ley data de 1932-, haciendo fuerte hincapié en la constitución online de empresas. Así se adelantó cuatro años a la necesidad imperiosa que trajo el COVID que obligó a digitalizar los trámites de forma repentina.

    Rápidamente, las PyMEs y emprendedores del país han elegido a la SAS como vehículo para canalizar sus empresas. Demostrativo de ello es la experiencia de Mendoza, mi provincia, en la cual en el año 2019 casi el 80% de las empresas que se crearon  son SAS. En ella contamos con la Resolución N°420/20 de la Dirección de Personas Jurídicas, que facilita su constitución y que fuera dictada en línea con la Ley Nacional que las creara. De igual modo, la Provincia de Misiones ha adoptado la Disposición N° 176 a fin de agilizar los trámites para poder empezar una empresa, o los casos de Córdoba, la Provincia de Buenos Aires, Tierra del Fuego, Santiago del Estero, donde la SAS ha tenido un éxito rotundo y representan más del 60% de las nuevas empresas que se crean.

    Sin embargo, su uso no es solo local; importada del derecho francés y recomendada por la ONU, la OEA y el Banco Mundial, ha sido adoptada por numerosos países de la región (Uruguay, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, México), y en todos ha tenido gran aceptación. Fue pensada para cumplir con los requerimientos de simplificación, bajos costos, utilización de la tecnología digital (Blockchain), y como consecuencia de esto último, para generar mejor y mayor control por parte de los organismos pertinentes. El COVID nos ha demostrado que este es el único camino posible para poder continuar.

    La flexibilidad del instituto permite una rápida adecuación de la estructura societaria a los diferentes cambios que, como consecuencia del veloz avance de la tecnología, se producen sin pausa en nuestro mercado. De igual manera, permite la captación de inversiones privadas por parte de aquellos (emprendedores) que cuentan con una idea para desarrollar y la dedicación de tiempo necesario para hacerlo, más no con los fondos suficientes para dicho fin.

    Sin perjuicio de estas evidentes ventajas, entre los proyectos a ser tratados en las sesiones extraordinarias de la Cámara de Diputados de la Nación, se encuentra el que fuera aprobado por el Senado de la Nación el 11 de junio pasado (Expte. 0046-S-2020), que tiene por fin suspender la inscripción digital de las SAS por el término de 180 días, volviendo durante dicho lapso al sistema de papel; permitir su constitución solo a emprendedores previamente inscriptos en un registro a crearse, de carácter nacional; establecer el cumplimiento de requisito que hoy no lo tienen las Sociedades de Responsabilidad Limitada e incluso las Sociedades Anónimas, con multas desorbitantes en caso de incumplimiento que no guardan relación alguna con la realidad económica existente; y fundamentalmente invadiendo de dicho modo las facultades de las provincias, no delegadas al Congreso de la Nación en esa materia.

    Coincidiendo con toda medida que tenga por fin establecer controles adecuados al comercio y la industria y que tengan por fin impedir el lavado de activos, tal como lo hemos manifestado y concretado en otras áreas (ej. Derecho de los Consumidores), no podemos apoyar un proyecto (ni este, ni otro) que tenga por fin constituirse en una herramienta que en la práctica limite la constitución de SAS en el país e implique de ese modo un retroceso respecto de las posibilidades de desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas en la Argentina.

    Las SAS, son una herramienta jurídica regulada y probada desde hace ya un tiempo, en todo el mundo (EEUU, Europa y latinoamérica). Si queremos generar trabajo y recursos, Argentina debe brindar las mismas herramientas que brinda el mundo para lograr que nuestros emprendedores elijan quedarse en nuestro país. Con lo cual, restringir en la manera que lo hace el proyecto de ley a las SAS, es generar pérdida de capital y consecuentemente de trabajo.

    Es necesario pensar en una economía post-pandemia que impulse la creación de empresas y empleos, con un fuerte desarrollo del capital privado, sin escapar el Estado a los controles necesarios a la vez que otorgando las herramientas conducentes para dicho desarrollo. En este sentido, creemos inoportuno abandonar el camino de la SAS. Por el contrario, hay que fortalecerlo. No tenemos opción.

     

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      Tatiana Polivera

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